Estructura orgánica. Comité Consultivo

Es el órgano colegiado, aún no constituido, al que le corresponden las funciones de informar sobre los diversos aspectos o temas que trate el Consejo de Administración. Estará formado por 20 miembros y en él se integrarán, además de los representantes de las administraciones presentes en el Consorcio, representantes de los operadores de transportes - TUSSAM, concesionarios de servicios regulares de autobús - del sector del taxi, organizaciones empresariales, sindicatos de mayor implantación en el sector, consumidores y usuarios, un representante de asociaciones vecinales, un representante de las entidades representativas de las personas de movilidad reducida, la Administración General del Estado y RENFE - cuando lo consideren conveniente, así como el Director Gerente y el Secretario General.

Funciones del Comité Consultivo según el Artículo 17º de los Estatutos:

  • Informar los planes de transporte e infraestructuras que se sometan a la consideración del Consorcio.
  • Informar las propuestas de marco tarifario común y reparto de los recursos financieros obtenidos para la explotación de los servicios de transporte.
  • Informar los convenios y contratos-programa que vayan a suscribirse.
  • Informar los planes anuales de actuación, presupuestos y rendición de cuentas del Consorcio.
  • Informar las medidas que el Consejo de Administración pretenda adoptar para la aplicación de los planes de transportes y la efectividad de las decisiones del Consorcio.
  • Emitir su informe sobre cualesquiera otras materias que le someta el Consejo de Administración. Sección Cuarta. Gerencia del Consorcio.

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