Estructura orgánica. Comité Ejecutivo

Previsto en los Estatutos y creado en el seno del Consejo de Administración para una mayor agilidad en la gestión. Está compuesto por un Presidente, Vicepresidente y 9 vocales (con voz y voto) así como por el Director Gerente, Secretario, Interventor y Tesorero del Consorcio (con voz y sin voto).

El Comité Ejecutivo está conformado por los siguientes representantes titulares y suplentes:

Votos propios y delegados
Organismo Titulares y Suplentes
Total votos: 100 %
Junta de Andalucía Presidenta:
Titular: Ilma. Sra. Dª. Josefa López Pérez
Directora General de Transportes de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía
Vicepresidente/a:
Titular: Ilma. Sra. Dª Salud Santana Dabrio
Delegada Provincial en Sevilla de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía
Suplente: Sr. D. Venancio Yélamos Navarro
Jefe del Servicio de Transportes de la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de obras Públicas y Vivienda
Total votos:
Diputación Provincial de Sevilla Titular:Dª. Trinidad Carmen Argota Castro
Suplente:D. Antonio Conde Sánchez
Total votos:
Ayuntamiento de Sevilla Titular: Pendiente de designar
Suplente: Pendiente de designar
Total votos:
Ayuntamiento de Dos Hermanas Titular:D. Antonio Morán Sánchez
Suplente:D. Francisco Rodríguez García
Votos propios:
Ayuntamiento de Camas Titular: Dª. Hortensia Leal Ruiz
Suplente: D. Francisco Carrascal Moreno
Votos propios:
Ayuntamiento de Tomares Titular: Dª. Pilar Domínguez Serra
Suplente:D. Juan Campos Jabalquinto
Votos propios:
Ayuntamiento de La Algaba Titular: D. Juan Diego Berrio Cano
Suplente: Dª. Virginia Mojeda Gutiérrez
Total votos: %
Ayuntamiento de Espartinas Titular: D. Domingo Salado Jiménez
Suplente: D. Javier Jiménez Rodríguez
Total votos: %
Ayuntamiento de Puebla del Río Titular: D. Manuel Bejarano Álvarez
Suplente: Pendiente de designar
Total votos: %
Ayuntamiento de Isla Mayor Titular: D. Ángle García Espuny
Suplente: D. Antonio Cotano Estirado
Total votos: %
Secretario General D. Fernando Fernández-Figueroa Guerrero
Con voz pero sin voto
Interventor General D. José Fernández Carmona
Con voz pero sin voto
Tesorero D. José Manuel Farfán Pérez
Con voz pero sin voto
Director Gerente D. Armando-Fidel Gutiérrez Arispón
Con voz pero sin voto
Competencias delegadas al Comité Ejecutivo por el Consejo de Administración en sesión celebrada el día 9 de octubre de 2001:
  • Aprobar la estructura orgánica de los servicios del Consorcio en razón de las necesidades de la gestión derivadas de los objetivos establecidos para la consecución de los fines del Consorcio.
  • Aprobar la plantilla de personal y el Catálogo o Relación de Puestos de Trabajo existentes en su organización, las bases de las pruebas para selección de personal, los concursos de provisión de puestos de trabajo y la oferta de empleo del Consorcio. Todo ello de conformidad con la normativa vigente. Asimismo, aprobar los Acuerdos y Convenios Colectivos del personal al servicio del Consorcio, a propuesta del Gerente.
  • Otorgar las concesiones y autorizaciones de utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga afectos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación de los servicios públicos que gestione.
  • Acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que ha de prestar, incluida la concesión de los mismos.
  • Aprobar los Contratos-Programa con las empresas prestadoras de servicios de transporte de viajeros y cuantos Convenios sean precisos para el cumplimiento de sus fines.
  • Actuar como órgano de contratación en los supuestos que se determinen en el artículo 29 de los Estatutos,A y de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.
  • Autorizar y disponer gastos y pagos dentro de los límites presupuestarios determinados en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual.
  • Aprobar los reglamentos de funcionamiento de los diferentes servicios del Consorcio.
  • Fijar, modificar y revisar las tarifas de los servicios públicos gestionados indirectamente.
  • Recibir, hacerse cargo y administrar con las limitaciones que la legislación vigente establezca, los bienes del Consorcio, así como los procedentes de legados o donaciones.
  • Adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, con las limitaciones del artículo 26.
  • Aprobar el ejercicio de toda clase de acciones administrativas y judiciales.
  • Establecer las dietas por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados del Consorcio.
  • Aprobar las modificaciones presupuestarias que sean de la competencia del Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto anual, así como la declaración de no disponible de los créditos.
  • Dictaminar, antes de su aprobación por el Consejo de Administración, la Cuenta General del Presupuesto del Consorcio.
El régimen de adopción de acuerdos en el Comité Ejecutivo sigue el mismo sistema de voto ponderado que el Consejo de Administración, pero teniendo en cuenta que los Ayuntamientos integrados en el Comité tienen, además del porcentaje de votos propios, el correspondiente a los Ayuntamientos no integrados que le delegaron el suyo.

Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla
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